EL GERENTE MANDATARIO EN DERECHO FRANCÉS Y MEXICANO

Autores/as

  • Dr. Jean Boudaud Autor/a MZ

Palabras clave:

Gerente Mandatario, Factor, Poder General de Administración, Cumplimiento de la Misión, Rendición de Cuentas, Actos Jurídicos, Materiales o Intelectuales, Mandato Aparente, Diligencia, Eficacia, Lealtad, Cooperación del Mandante, Remuneración

Resumen

Para la distribución de sus productos, las empresas comerciales o industriales, a menudo, confían la administración de su establecimiento principal o de sus sucursales a personas llamadas gerentes. El gerente de un establecimiento principal o de una sucursal de venta no es necesariamente asalariado; puede ser mandatario. El contrato de mandato crea obligaciones a cargo del mandatario tales como la obligación de cumplir su misión en el marco de las instrucciones recibidas y la obligación de rendir cuentas. Estas obligaciones limitan parcialmente y provisionalmente el poder de decisión del gerente, sin embargo, no crean entre él y la empresa mercantil una relación de subordinación jurídica y no causan automáticamente la aplicación del derecho social al gerente. Generalmente, la empresa confía la distribución de sus productos a mandatarios con el fin de evitar la aplicación del derecho social. La particularidad del gerente es que tiene un poder general de administración. Realiza dos categorías de actos; actos jurídicos cuando celebra contratos con terceros por cuenta y en nombre de la empresa, y actos materiales o intelectuales cuando se limita a administrar el establecimiento principal o la sucursal de venta, sin celebrar contratos. En el primer caso es mandatario y en el segundo caso es prestador de servicios. Tiene entonces una doble función.

Biografía del autor/a

  • Dr. Jean Boudaud

    Es egresado de las Universidades de Nancy y Montpellier en Francia donde cursó sus estudios de Licenciatura, Maestría, y Doctorado en Derecho. En Francia, fungió como abogado corporativo en la empresa Firestone. También impartió el curso “Marco Legal del Comercio Exterior de Francia” en diversas instituciones educativas. En México, fue catedrático de la Universidad de las Américas en Cholula, Puebla y de la Universidad de Monterrey en San Pedro Garza García, Nuevo-León.

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Publicado

2012-08-01

Número

Sección

TEMAS DE DERECHO DE LA EMPRESA