LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY EN MÉXICO. ERRORES DE TÉCNICA LEGISLATIVA

Autores/as

  • Alejandro Cruz Olmedo Flores Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Autor/a MX
  • Adriana Gabriela Olmedo Jiménez Autor/a MX

Palabras clave:

Supremacía, Control, Constitucional, Inconstitucionalidad, Controversia

Resumen

La inconstitucionalidad de las leyes en nuestro país, esta ligada a una característica de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la supremacía constitucional. Si bien es cierto, que esta característica, ya se encontraba establecida en el artículo 126 de la Constitución de 1857, y en el artículo 133, de la de 1917; sin embargo, ésta sirvió para desarrollar el Juicio de Amparo, como un sistema para lograr se declarara la inconstitucionalidad de las leyes, pero con efectos particulares. Es hasta, las reformas de diciembre de 1994, que se incorpora el sistema de control de constitucionalidad de las leyes, con efectos erga omnes; sin embargo, no sólo se estableció este sistema general y abstracto, sino que se amplió el sistema de control de la competencia constitucional a través de las controversias constitucionales, otorgando facultad a la Suprema Corte de Justicia de la nación para conocer de este tipo de demandas, cuando se impugnaran disposiciones generales, tal y como lo disponen los incisos h, i, j y k, de la fracción I, del artículo 105, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; sin embargo, en la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II, del artículo 105 constitucional, al reglamentar en el Título Segundo, las Controversias Constitucionales, en más de veinte ocasiones utilizan las palabras norma, norma general, normas generales, sin que éstas palabras se encuentren textuales en la redacción de la fracción I, del Artículo 105 constitucional, lo que constituye el motivo de este trabajo.

Biografía del autor/a

  • Alejandro Cruz Olmedo Flores, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

    Catedrático de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, BUAP. Realizó estudios de Licenciatura y Maestría en Derecho, con terminación en Derecho Constitucional en la División de Estudios de Posgrado, BUAP; de Maestría en Derecho y Doctorado en Derecho en la División de Estudios de Posgrado, del Departamento de Derecho, UAT.

  • Adriana Gabriela Olmedo Jiménez

    Realizó estudios de Licenciatura y Maestría en Derecho, con terminación en Laboral y de la Seguridad Social, en la División de Estudios de Posgrado, BUAP. Postulante en Derecho Laboral.

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Publicado

2016-01-01

Número

Sección

TÓPICOS DE DERECHO